Hoy, en la cámara 5ª del crimen se desarrollaron los alegatos en el juicio al exintendente de Alta Gracia, Mario Bonfigli. Allí, Bonfigli (UCR) fue condenado por los jurados populares en la Cámara 5ª del Crimen a dos años y medio de prisión condicional por exacciones ilegales. Se lo acusó de pedir una coima de 50 mil pesos (o 17 mil dólares) para finalizar un juicio civil que la municipalidad tenía contra la empresa de feedlot Jumagra SA.
Bonfigli fue condenado junto a quien era su asesor letrado Eugenio René Coggiola, quien recibió una pena de dos años de prisión condicional.
Además, según informó el fiscal Fernando Amoedo, la condena al exintendente suma la inhabilitación para ejercer cargos públicos al menos por tres años. En tanto que Coggiola fue inhabilitado por dos años y medio.
Tanto a Bonfigli como a su asesor letrado, se les atribuye haber pedido y cobrado en el año 2005, de manos del abogado Alejandro Zeverín, representante de la empresa agroganadera Jumagra, una coima para concluir un pleito entre el municipio de Alta Gracia y dicha firma, cuestionada por instalar un establecimiento de cría de ganado en corral (feed lot) en proximidades de la ciudad serrana.
Según la acusación, hubo “una solicitud ilícita por parte del asesor (Coggiola), de común acuerdo con el ejecutivo (Bonfigli), al abogado de la empresa primero (Zeverín), en forma explícita por parte de Coggiola, y más tarde, al propio representante de Jumagra (Guillermo Juan Grabich), en forma implícita, por parte de Bonfigli, quien lo hizo personalmente”.
Al momento del pago, Coggiola fue detenido en el estudio Zeverín en una acción coordinada por la fiscalía de Eve Flores y Delitos Económicos de la Policía, luego de la denuncia por el pedido de coima. En ese momento lo acompañaba el exprocurador de la municipalidad de Alta Gracia, Julio Oviedo.
A propósito, el abogado Zeverín opinó acerca del fallo cuya condena fue superior a la solicitada por Amoedo: «Quiere decir que hay tres derrotados, dos imputados y un fiscal, porque de la única forma que el Tribunal puede condenar por encima de lo pedido por la Fiscalía es cuando la actuación fiscal se considera por el tribunal como inmotivada, arbitraria, infundada; violatoria de la ley orgánica del Ministerio Público».
El abogado, quien contribuyó a la investigación, había planteado varias críticas antes del comienzo del juicio porque consideraba parcial la elección de jurados. La Voz.-